EMILIO SÍ INJURIÓ

Posted on julio 20, 2011

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Emilio Palacio el día de ayer, luego de ser agredido con huevos por fanáticos de Correa.

1.- NO MÁS MENTIRAS

He leído varias veces el artículo de opinión “No más mentiras” publicado en Febrero pasado y, sin ser un experto en lenguaje y mucho menos en derecho (por lo que mi opinión y análisis podría tranquilamente estar errada), creo que Emilio Palacio injurió a Rafael Correa en esa columna. Trataré de sustentarlo. Así es como Palacio cierra su texto:

 “El Dictador debería recordar, por último, y esto es muy importante, que con el indulto, en el futuro, un nuevo presidente, quizás enemigo suyo, podría llevarlo ante una corte penal por haber ordenado fuego a discreción y sin previo aviso contra un hospital lleno de civiles y gente inocente.

Los crímenes de lesa humanidad, que no lo olvide, no prescriben.”

Si bien Palacio habla de un escenario POSIBLE (la posibilidad de que un futuro presidente juzgue a Correa), Palacio AFIRMA que sería juzgado “por haber ordenadofuego a discreción y sin previo aviso contra un hospital”. A mi entender, esta afirmación no la plantea Palacio como una posibilidad, sino como un hecho. Por si quedan dudas, Palacio remata (y, a la larga, se remata a sí mismo): “Los crímenes de lesa humanidad, que no lo olvide, no prescriben”.

Vamos más allá y analicemos el contexto alrededor de esta afirmación. La pregunta es: ¿ordenó Correa fuego a discreción contra un hospital? El Ministro de defensa Javier Ponce admitió hace varios meses haber recibido la orden de Correa para proceder con su rescate (si Correa estuvo secuestrado o no, es tema de discusión que, por ahora, no viene al caso). No sé si esa orden fue por escrito o directa, por ejemplo por vía telefónica. En todo caso, la orden, ejecutada, de proceder con “el rescate” a Correa la noche del 30-S, no es igual a ejecutar la orden de “disparar a discreción” a un hospital. Si Correa hubiera ordenado disparar a discreción al hospital, la misión de los militares no habría sido rescatarlo sino simplemente llenar de plomo el edificio donde se albergaba. Y, nos consta, eso no fue lo que ocurrió, por lo que Emilio Palacio, en el transcurso del juicio, debió probar su afirmación. Al parecer, nunca lo hizo y su defensa giró alrededor del sentido de sus palabras, argumentando que Palacio no había afirmado (y, por lo tanto, no había imputado a Corea un delito que no cometió) nada en su artículo.

Si “el rescate” de Correa esa noche trajo como consecuencia que un hospital haya recibido cientos de disparos, Emilio Palacio debió ser más preciso y cuidadoso con sus palabras. Debió decir algo como “en el futuro, un nuevo presidente, quizás enemigo suyo, podría llevarlo ante una corte penal por haber ordenado un rescate armado en un hospital lleno de civiles y gente inocente.” Eso, nos consta a todos, sí fue lo que ocurrió. Personalmente, me molesta que Emilio Palacio, siendo director de opinión de un diario tan importante como El Universo y teniendo una experiencia previa de un juicio impulsado por Camilo Samán (que finalmente desistió), no haya sido riguroso y exacto con sus términos. Mucho más si sabía que Correa ya lo tenía en la mira. Palacio fue quien, con su falta de rigor, le entregó todas las herramientas a Correa para que este lo destruya. Y eso es como ponerle un filete de carne cruda en la cara a un sabueso.

2.- EL ABUSO DE PODER

Estoy empezando a convencerme de que a Rafael le gusta el dinero. Mucho más que a su hermano Fabricio. Creo que lo desea de una manera desproporcionada, porque desproporcionada fue su demanda y desproporcionada la sentencia que, de ejecutarse, lo convertiría pronto en uno de los hombres más ricos del país, a costa de un párrafo y una injuria publicada en un diario. Pidió 80 millones, el juez le reconoció 40 y, por si no fuera poco, una dulce venganza: 3 años de prisión para Emilio Palacio y los Sres. Pérez, directores de El Universo. Analicemos algunos aspectos de la sentencia:

EL TIEMPO:

He consultado con varios abogados y es un hecho insólito que para un juicio de más de cien cuerpos, se redacte una sentencia 24 horas después de la audiencia. ¿Desde cuándo en este país, la justicia es tan eficiente? ¿Desde cuándo lo es en cualquier parte del mundo? Me gustaría saber además, y esto no lo sé, desde cuando el Juez Juan Paredes redacta sentencias tan rápido. Este señor debe ser uno de los jueces más eficaces del mundo y no debe tener juicios acumulados a su cargo. Me parece que sería interesante investigarlo y averiguar sus secretos (¿Nunca duerme? ¿Tiene un clon?)

LA AUDIENCIA:

Los medios.- No se permitió la entrada a los medios de comunicación. Esto es legal, ya que es potestad del juez. Lo curioso, es que un medio público sí estuvo presente, además de varios funcionarios de la SECOM que, seguramente, registraron la audiencia. ¿Cómo es posible que un juez impida la cobertura de un juicio tan relevante para el país? ¿Y por qué permite la entrada de un medio público y no de los privados?
Los funcionarios públicos.– Varios funcionarios públicos de la SECOM, así como el Gobernador del Guayas, acompañaron a Correa para una audiencia de carácter privado. Fueron ellos los que, a través de twitter, “informaron” lo que iba ocurriendo. En rigor, estaban trabajando. Estaban haciendo lo que siempre hacen: seguir a Rafa a todas partes. Ellos no quieren – o no pueden – distinguir entre lo público y lo privado. Para ellos, sus recursos, su tiempo, su salario, están a disposición de Correa.

Una defensa sin recursos.- Se le impidió a la defensa de Emilio Palacio acudir a un experto lingüístico o “perito lingüístico” para que analice, con profundidad, el texto de la columna de opinión. ¿Por qué?

LA DESPROPORCIONALIDAD Y EL ABUSO

Hace meses, La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) hizo varias recomendaciones a funcionarios públicos, entre ellos Correa y el Presidente de la Asamblea, Fernando Cordero. Esas recomendaciones constan en un documento llamado «Análisis de Desarrollo Mediático en Ecuador-2011». Veamos algunas de estas recomendaciones (Subrayo los puntos que me parecen más importantes):

Primera recomendación: El Código Penal deberá ser enmendado, contemplando, PRIMERO: Que las disposiciones sobre la difamación y desacato (o «crímenes de opinión») —que penalizan la expresión ofensiva dirigida a funcionarios públicos— deberían enmendarse y tratarse por la vía civil, puesto que permiten serias restricciones al debate público y al ejercicio pleno de la libertad de expresión, ya que sancionan penalmente a quienes ofenden a las autoridades; SEGUNDO: Que el ejercicio del derecho a la honra, dignidad y reputación debe armonizarse con el de la libertad de expresión, puesto que no ocupa una jerarquía o nivel superior. En los casos de conflicto entre el derecho a la honra de funcionarios públicos y el derecho a la libertad de expresión, el ejercicio de ponderación debe partir de la prevalencia en principio de la libertad de expresión pues, dado el interés del debate sobre asuntos públicos, este derecho adquiere un valor ponderado mayor.

Segunda recomendación: De ser aplicada la responsabilidad jurídica de un periodista, se deben tomar en consideración las medidas menos costosas para la libertad de expresión. Se recomienda, por ejemplo, apelar al derecho de rectificación o respuesta, que está consagrado expresamente en el Art. 14 de la Convención Americana; apelar a los mecanismos de la responsabilidad civil y aplicar sanciones proporcionales, diseñadas para establecer la reputación dañada y no indemnizar al demandante o castigar al demandado; tomar en cuenta la aplicación del estándar de la «real malicia», es decir, demostrar que quien se expresó lo hizo con plena intención de causar un daño y conocimiento de que se estaban difundiendo informaciones falsas o con un evidente desprecio por la verdad de los hechos; distinguir entre información y opinión, excluyendo a esta última de sanción, más aun cuando se trata de un juicio de valor sobre un acto de un funcionario en el desempeño de su cargo.

Recomendaciones de la UNESCO, algunas, basadas en artículos de la Convención Americana de Derechos Humanos. Estas recomendaciones, no son, como Correa vive diciendo, “para que cualquiera diga lo que le da la gana” sino para precautelar un valor mucho más alto: La libertad de expresión. Libertad de la que hace uso Rafa todos los sábados cuando con frecuencia injuria e insulta, el sí, a quien le da la gana. La UNESCO recomienda sanciones proporcionales al daño, siendo la primera y más lógica, LA RECTIFICACIÓN, ofrecida en la audiencia de conciliación por los directores de El Universo y rechazada por Correa. Partiendo de la lógica de sancionar las injurias con acciones equivalentes al daño causado, pedir prisión para los directores del diario (que no son responsables por la opinión de Emilio Palacio) y para el mismo Palacio, además de 40 millones, es un disparate y un caso clarísimo de abuso de poder en confabulación, qué duda cabe, con la justicia. No hay que ser genio para darse cuenta que todos los elementos alrededor de este juicio y la sentencia, obedecen a la ambición desmedida de dinero y poder de Correa y no a principios de DDHH, proporcionalidad y mucho menos, justicia.

Prepárense para escuchar la más grande letanía de estupideces para defender esta sentencia por parte de algunos lacayos de Alianza País. Y no les extrañe que muchas, vengan de gente que alguna vez se auto califico de periodista.

No es un buen día. La batalla legal tendrá algunas instancias más, ya que este caso puede llegar, de apelarse, a la Corte Suprema de Justicia o instancias internacionales. La pregunta es: Ante el abuso de poder, ¿nos cruzamos de brazos? ¿Miramos desde la otra orilla?

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